Regulación cripto: nueva normativa para proveedores en Argentina
A casi un mes del caso $LIBRA, la Comisión Nacional de Valores (CNV) ha oficializado una nueva regulación para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAVs), un paso crucial hacia la creación de un marco normativo para el ecosistema cripto en Argentina.

Regulación y objetivos
La Resolución General 1058 de la CNV, enmarcada en la Ley 27.739, busca reforzar la transparencia, estabilidad y seguridad en el sector. Se imponen requisitos de registro, ciberseguridad y prevención de lavado de dinero, según indica su contenido. El presidente de la CNV, Roberto Silva, destacó que esta norma se trabajó intensamente para garantizar su eficacia sin generar costos innecesarios para la industria, promoviendo la innovación.
Puntos clave de la nueva regulación
El nuevo esquema normativo establece reglas generales de actuación y condiciones específicas para el funcionamiento de los PSAVs. Entre los aspectos más relevantes, se incluyen:
- Registro obligatorio: los proveedores deberán inscribirse para operar legalmente en Argentina.
- Requisitos prudenciales: se establecen normativas para la custodia segura de activos virtuales y la segregación de cuentas.
- Divulgación de riesgos: se exigirá transparencia en la información sobre la naturaleza y los posibles riesgos de los activos virtuales.
- Vínculos con terceros: se regulan los acuerdos entre PSAVs y agentes registrados del mercado de capitales.
- Auditorías y controles: los PSAVs deberán someterse a auditorías anuales para garantizar el cumplimiento de las normativas.
La norma también establece un régimen de adecuación para los proveedores que ya operan en el país. Las personas físicas deberán cumplir con los requisitos antes del 1° de julio de 2025, mientras que las personas jurídicas constituidas en Argentina tendrán hasta el 1° de agosto de 2025. Las empresas extranjeras tendrán un plazo hasta el 1° de septiembre del presente año. La regulación entrará en vigencia plena el 31 de diciembre de 2025.
Tipos de proveedores de servicios
La norma prevé cinco tipos de proveedores de servicios:
- Intercambio de activos virtuales por moneda fiduciaria.
- Intercambio entre activos virtuales.
- Transferencia de activos virtuales.
- Servicios de custodia.
- Servicios financieros vinculados a la oferta o venta de activos virtuales.
Las personas físicas que deseen registrarse como PSAV solo podrán ser argentinos. También podrán hacerlo personas jurídicas argentinas o extranjeras, quienes deberán constituir una sociedad en Argentina o abrir sucursales. A pesar de esto, la operación puede realizarse en el exterior.
Advertencias sobre memecoins y Cositortos
La CNV regulará a los operadores del mercado, pero no lo que se comercialice en ese circuito. Por lo tanto, se podrán vender o comprar criptomonedas sin estar alcanzadas por las regulaciones del mercado de capitales. Esto implica que estafas como la de Generación Zoe, de Leonardo Cositorto, no pueden ser perseguidas bajo estas leyes.
Tokenización de valores
Fuentes de la CNV han anticipado que se trabaja en la tokenización de valores negociables. Esto permitiría a una empresa emitir una Obligación Negociable en cualquier moneda, estableciendo que una parte se hará a través de un token negociable en el circuito de PSAVs. Aunque la idea está en desarrollo, se sabe que la CNV tendrá que regular estos criptoactivos como lo hace con acciones o bonos del mercado tradicional.