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Prórroga y Cambios en el Plan de Pagos para Quebrantos Impositivos

Recientemente, la administración tributaria ha introducido cambios significativos en el plan de pago para regularizar quebrantos impositivos. Estos ajustes buscan facilitar la regularización de deudas y mejorar el cumplimiento fiscal de los contribuyentes. A través de la Resolución General 5.684, se estableció un plan de facilidades de pago que permite a los contribuyentes saldar saldos del Impuesto a las Ganancias originados en quebrantos computados incorrectamente en hasta 36 cuotas.

La postura oficial del Fisco ha sido objeto de debate, ya que sostiene la improcedencia de la actualización de los quebrantos, lo que ha llevado a algunos sectores a optar por discutir este criterio judicialmente. Sin embargo, se ha enviado un proyecto de ley al Congreso que admite la actualización de los quebrantos hacia adelante.

Se incorporan los cambios  al plan de pago en Mis Facilidades para regularizar quebrantos freepik.es

Cambios en el Plan de Facilidades de Pago

La nueva normativa establece que los contribuyentes pueden adherirse al plan de facilidades hasta el 31 de julio de 2025. Se requiere un pago a cuenta del 3% del total consolidado, permitiendo saldar la deuda en un plazo de hasta tres años mediante pagos mensuales. La tasa de interés aplicada será del 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente en el momento de la consolidación del plan. El monto mínimo para el pago a cuenta y cada cuota se establece en $50.000.

Este plan abarca a contribuyentes que rectifiquen sus declaraciones juradas correspondientes a períodos fiscales vencidos antes de la fecha de adhesión, así como aquellos que presenten la declaración correspondiente al ejercicio comercial cerrado entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025.

Modificaciones Recientes

Al día siguiente del vencimiento del 31 de julio de 2025, se dictó la Resolución General 5.742, que fue inmediatamente modificada por la Resolución General 5.743. Estas resoluciones han reformulado el plan de pagos original, incluyendo las multas vinculadas a las obligaciones a regularizar y disminuyendo el porcentaje de pago a cuenta del 3% al 2%. También se amplió la cantidad máxima de cuotas posibles a 120 para ciertos supuestos.

Las nuevas disposiciones permiten que los contribuyentes que hayan manifestado su intención de aplicar el ajuste por inflación a los quebrantos puedan acceder a 120 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con un pago a cuenta mínimo de $500.000. Para aquellos que busquen regularizar sumas en concepto de intereses y multas, el monto mínimo de pago a cuenta se establece en $200.000.

Acceso a la Nueva Normativa

Las adecuaciones al plan de pagos estarán disponibles en el sistema informático Mis Facilidades a partir del 12 de agosto de 2025. La refinanciación de los planes ya presentados se podrá realizar a partir del 2 de septiembre de 2025. Es esencial que los contribuyentes cumplan con la presentación de la declaración jurada original y/o rectificativa al momento de la adhesión al plan.

Estos cambios son cruciales para aquellos que enfrentan dificultades en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. La correcta gestión de los quebrantos y la utilización de las facilidades de pago ofrecidas por la administración tributaria son pasos importantes hacia la regularización y estabilidad financiera de los contribuyentes.

Invitamos a todos a mantenerse informados sobre estas modificaciones y a considerar cómo pueden beneficiarse de las opciones de regularización disponibles. Compartir esta información puede ser de gran ayuda para otros contribuyentes que se enfrenten a situaciones similares.

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