Novedades FiscalesÚltimas Noticias

Modificaciones en el Convenio Multilateral y Nuevas Normativas Fiscales

La Comisión Plenaria del Convenio Multilateral ha realizado cambios significativos con la Resolución 6/25, que modifica el artículo 27 del Reglamento Procesal. Esta modificación incorpora como días inhábiles aquellos que son no laborables por fines turísticos, según lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional cada año. De esta manera, el cómputo de plazos procesales se adapta para incluir estos días, así como los feriados nacionales y los asuetos administrativos.

El nuevo artículo 27 establece que todos los términos serán de días hábiles salvo que se indique lo contrario. Esto significa que se excluyen del cómputo los sábados, domingos, feriados nacionales, jueves Santo y ahora también los días no laborables con fines turísticos. Asimismo, se suspenderán los plazos procesales durante el mes de enero y la feria invernal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, asegurando la validez de los actos realizados durante estos períodos.

Aspectos Clave del Cambio

  • Incorporación de días no laborables por fines turísticos al cómputo de plazos.
  • Suspensión de plazos procesales en enero y durante la feria invernal.
  • Claridad en el tratamiento de días inhábiles para las actuaciones fiscales.

Estos cambios en el reglamento son parte de un esfuerzo mayor por parte de las Administraciones Tributarias para mejorar la transparencia y eficiencia en la gestión fiscal, asegurando que los contribuyentes estén debidamente informados y que las normativas sean claras y accesibles.

La adaptación de estas normativas busca facilitar el cumplimiento tributario y evitar confusiones en el proceso de presentación y gestión de impuestos, contribuyendo así a una mejor relación entre los ciudadanos y el sistema fiscal.

Artigos relacionados

Botão Voltar ao topo