La Justicia y el Ajuste de ARCA sobre Facturas Apócrifas
Recientemente, el Tribunal Fiscal de la Nación ha abordado el delicado tema de las facturas apócrifas, emitiendo una resolución que revoca ajustes realizados por la ARCA. Este pronunciamiento es crucial para los proveedores que enfrentan conflictos derivados del uso de la base Apoc, especialmente en un contexto donde la capacidad económica de los proveedores se pone a prueba.

Contexto de la Resolución
La ARCA identificó a una empresa como usuaria de facturas apócrifas, categorizándola como sin capacidad económica. A raíz de esto, se llevaron a cabo dos fiscalizaciones, donde el proveedor, tras ser localizado, aclaró que aunque la actividad comercial estaba a su nombre, su padre era quien la ejecutaba realmente. Esta situación llevó a la empresa a presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal, el cual finalmente revocó la resolución anterior.
Fundamentos del Tribunal Fiscal
El Tribunal Fiscal subrayó que la existencia del proveedor no era cuestionada, ya que fue contactado personalmente por un inspector. Además, los informes periciales mostraron fluctuaciones en la facturación del proveedor, así como la validez de los correos electrónicos intercambiados. Los análisis de los cheques emitidos también confirmaron que estos fueron endosados y cobrados por terceros.
Se demostró que el proveedor estaba inscripto en el IVA, en el impuesto a las ganancias y en la seguridad social. A pesar de no aparecer en la base Apoc en el momento de su contratación, se verificó que sus empleados estaban debidamente registrados, lo que contribuyó a la defensa de su posición ante el ajuste fiscal.
El Tribunal concluyó que existían indicios sólidos que demostraban la trazabilidad de las operaciones comerciales del proveedor, lo que validaba su actividad junto a su padre en el negocio de la actora. Las fechas y montos de facturación coincidían con los cheques emitidos, lo que reforzó la legitimidad de las transacciones.
Reflexiones Finales
En conclusión, el caso demuestra que la actora logró sustentar su relación comercial con el proveedor a través de diversas evidencias. El Fisco reconoció que las declaraciones juradas del proveedor en relación al IVA y el impuesto a las ganancias indicaban saldos a ingresar durante los períodos cuestionados. Es relevante destacar que el ajuste aplicado solo se refería al IVA, sin que se hicieran ajustes en otros impuestos, lo que sugiere que el Fisco admite la efectividad de las operaciones realizadas.
Este fallo es un alivio significativo para los contribuyentes que enfrentan sanciones por el uso de facturas apócrifas y establece un precedente importante en la interpretación de la normativa fiscal.