Fallo expone red de espionaje y sus vínculos con el poder
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 8 ha condenado a Marcelo Sebastián D’Alessio por liderar una asociación ilícita que funcionó entre 2016 y 2019. Su grupo se encargó del espionaje ilegal, la extorsión y la manipulación mediática. La sentencia expone cómo operaba esta red criminal y sus lazos con el Poder Judicial, el Ministerio Público Fiscal, las fuerzas de seguridad y los medios de comunicación.
Dos asociaciones ilícitas, una lógica de poder
El fallo determina que existían dos organizaciones criminales. La primera, liderada por D’Alessio y compuesta por ex agentes de inteligencia, se dedicaba a recolectar información personal a través de bases de datos restringidas y fuentes estatales, extorsionando a empresarios y funcionarios. La segunda era el llamado “Grupo Buenos Aires”, que se enfocaba en diseñar operaciones internacionales de lavado de dinero por sumas millonarias.
Maniobras delictivas: extorsión, espionaje y presión mediática
El modus operandi de D’Alessio y sus cómplices consistía en obtener datos personales por medio de acceso a bases oficiales, seguimientos y escuchas ilegales. Con esta información, se acercaban a sus objetivos para exigir dinero a cambio de evitar imputaciones judiciales o campañas en su contra.
Un ejemplo claro de esta maniobra fue una reunión en Pinamar, donde se documentó la presencia del fiscal Stornelli. Según Etchebest, al verlo “se me cayó el alma al piso”.
Un caso emblemático es el de Mario Cifuentes, un empresario relacionado con OPS, a quien D’Alessio le exigió dinero para evitar un escándalo. “Limpiar esto no sale menos de cuatro o cinco millones de dólares, pero yo te lo consigo por menos”, le dijo. La información personal de Cifuentes terminó en manos de periodistas como Daniel Santoro.
También intentaron extorsionar a Pablo Barreiro, hijo del ex encargado de la Quinta de Olivos. D’Alessio y Carlos Liñani buscaron presionarlo para que contratara sus servicios jurídicos. La manipulación se intensificó con la difusión de información falsa en A24, donde se anunció su detención que nunca tuvo lugar. En los dispositivos de D’Alessio se encontró un archivo titulado “pablobarreiro.docx”.
Además, se comprobó la planificación de una cámara oculta contra el abogado José Manuel Ubeira, defensor en casos sensibles, con el fin de desprestigiarlo: “Yo lo empomo al abogado que te quiso girar. Ese es mi trabajo”, afirmó D’Alessio.
El caso GNL: inteligencia ilegal, presión mediática y el testimonio forzado de Brusa Dovat
Uno de los momentos más impactantes de la sentencia es la participación de D’Alessio en la causa por irregularidades en la importación de Gas Natural Licuado (GNL), que involucra a ex funcionarios kirchneristas. El Tribunal demostró que D’Alessio actuó como un intermediario informal entre el fiscal Carlos Stornelli, supuestos arrepentidos y periodistas, un rol que excedía cualquier función legal.
El caso de Gonzalo Brusa Dovat, ex directivo de PDVSA Argentina, se volvió central. D’Alessio lo contactó y presionó para que se declarara como arrepentido, coordinando su exposición ante los medios y su testimonio en la fiscalía. En un mensaje al fiscal, anticipó: “En 10 siento a un director ‘arrepentido’ de PDVSA Argentina con Santoro. Y el lunes te lo siento para su primertestimonial. Va a ser un escándalo”.
D’Alessio elaboró los borradores de la declaración, organizó la entrevista con el periodista Santoro y se encargó del ingreso de Brusa Dovat a la fiscalía. El Tribunal señaló que el testimonio fue obtenido bajo presión, sin asistencia legal.
“Las declaraciones de Brusa Dovat comprometieron la legalidad del proceso por un esquema de manipulación institucional y mediática”, indicó el Tribunal.
Además, D’Alessio utilizó información obtenida ilegalmente sobre Brusa Dovat para influir en su relato, presentando todo como una revelación espontánea cuando en realidad seguía un guion previamente elaborado.
Patricia Bullrich y el Ministerio de Seguridad: vínculos directos con el operador
El fallo confirma que D’Alessio mantenía comunicación directa con la entonces ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, a quien ofrecía información obtenida de manera ilegal. Este vínculo es parte central de la estructura criminal que el Tribunal analizó.
“Se comprobó que D’Alessio contactaba a Bullrich, ofreciéndole escuchas y datos sensibles sobre causas penales”, destaca el fallo.
Entre las pruebas, se encontraron mensajes de WhatsApp donde D’Alessio le proponía a la ministra “una escucha” y “un arrepentido” vinculado a la banda narco “Los Monos”. Este número fue verificado como de la funcionaria.
“Ministra, tengo una escucha que puede servirle para avanzar en la causa de Los Monos. Además, tengo un arrepentido dispuesto a declarar”, decía D’Alessio.
El Tribunal concluyó que estos contactos revelaban cómo el imputado se presentaba como proveedor de inteligencia paralela para funcionarios del Poder Ejecutivo, cuestionando así la permeabilidad institucional que facilitó el uso de información ilegal.
Pruebas encontradas: rastros digitales y documentos clave
La sentencia descansa en una considerable cantidad de pruebas:
Chats entre D’Alessio, Stornelli, Bullrich y otros; audios grabados de las víctimas con amenazas; documentos con perfiles de víctimas y borradores de comunicados; rastreo de antenas que colocan a D’Alessio y Stornelli juntos en varias ocasiones; y peritajes que confirman el uso indebido de bases de datos oficiales.
“La evidencia revela un patrón sistemático de obtención de información, contacto con las víctimas, exigencia de dinero y difusión mediática como mecanismos de presión”, explica la sentencia.
Una amenaza sistémica
El fallo no solo condena delitos específicos, sino que exhibe el funcionamiento de una red que operaba en los márgenes y, en ocasiones, en el interior de las instituciones democráticas. La sentencia también abre nuevas líneas de investigación sobre otros actores no juzgados, pero que tienen documentos que indican su participación.
“Las sombras sobre la administración de justicia, las fuentes de información pública y el ejercicio del periodismo no se pueden ocultar”, concluye el Tribunal.