Exención de Monotributo: Requisitos y Detalles Importantes
Recientemente, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha establecido nuevas disposiciones que permiten a ciertos contribuyentes estar exentos de pagar el monotributo. Esta medida representa una oportunidad para aquellos que cumplen con requisitos específicos, como poseer un inmueble propio y otro en alquiler. En este artículo, desglosaremos los detalles esenciales sobre esta exención y cómo puede beneficiarte.
¿Te gustaría saber si eres elegible para esta exención? A continuación, te presentamos los criterios necesarios y las categorías actuales del monotributo que deberías conocer.

Requisitos para No Pagar el Monotributo
La exención del pago del monotributo está dirigida a aquellos contribuyentes que tienen una propiedad en alquiler. Sin embargo, deben cumplir con ciertos requisitos adicionales, que incluyen:
- Obtener ingresos exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles.
- Registrar los contratos de alquiler, lo que, aunque el gobierno ha eliminado su obligatoriedad, sigue siendo fundamental para recibir el beneficio fiscal.
- No participar en otras actividades del monotributo.
Categorías y Montos del Monotributo en 2025
Las categorías del monotributo se actualizan cada seis meses. A continuación, te mostramos las categorías vigentes junto con sus ingresos brutos y pagos mensuales:
Categoría A
Ingreso bruto: $7.813.063,45
Impuesto integrado: $3.633,98
Aporte previsional: $11.871,01
Obra social: $16.716,32
Total a pagar: $32.221,31
Categoría B
Ingreso bruto: $11.447.046,44
Impuesto integrado: $6.904,57
Aporte previsional: $13.058,11
Obra social: $16.716,32
Total a pagar: $36.679
Categoría C
Ingreso bruto: $16.050.091,57
Impuesto integrado: $11.871,01 (servicios) o $10.901,95 (comercio de bienes)
Aporte previsional: $14.363,92
Obra social: $16.716,32
Total a pagar: $42.951,25 (servicios) o $41.982,19 (comercio de bienes)
Categoría D
Ingreso bruto: $19.926.340,10
Impuesto integrado: $19.381,24 (servicios) o $18.048,78 (comercio de bienes)
Aporte previsional: $15.800,32
Obra social: $19.865,77
Total a pagar: $55.047,33 (servicios) o $53.714,87 (comercio de bienes)
Categoría E
Ingreso bruto: $23.439.190,34
Impuesto integrado: $36.339,83 (servicios) o $28.829,60 (comercio de bienes)
Aporte previsional: $17.380,35
Obra social: $24.226,55
Total a pagar: $77.946,73 (servicios) o $70.436,50 (comercio de bienes)
Categoría F
Ingreso bruto: $29.374.695,90
Impuesto integrado: $51.118,03 (servicios) o $37.551,16 (comercio de bienes)
Aporte previsional: $19.118,38
Obra social: $27.860,54
Total a pagar: $98.096,95 (servicios) o $84.530,08 (comercio de bienes)
Categoría G
Ingreso bruto: $35.128.502,31
Impuesto integrado: $93.029,96 (servicios) o $46.514,98 (comercio de bienes)
Aporte previsional: $26.765,73
Obra social: $30.040,93
Total a pagar: $149.836,62 (servicios) o $103.321,64 (comercio de bienes)
Categoría H
Ingreso bruto: $53.298.417,30
Impuesto integrado: $266.492,09 (servicios) o $133.246,04 (comercio de bienes)
Aporte previsional: $37.472,03
Obra social: $36.097,56
Total a pagar: $340.061,68 (servicios) o $206.815,63 (comercio de bienes)
Categoría I
Ingreso bruto: $59.657.887,55
Impuesto integrado: $529.955,85 (servicios) o $211.982,34 (comercio de bienes)
Aporte previsional: $52.460,84
Obra social: $44.576,86
Total a pagar: $626.993,55 (servicios) o $309.020,04 (comercio de bienes)
Categoría J
Ingreso bruto: $68.318.880,36
Impuesto integrado: $635.947,02 (servicios) o $254.378,81 (comercio de bienes)
Aporte previsional: $73.445,18
Obra social: $50.027,83
Total a pagar: $759.420,03 (servicios) o $377.851,82 (comercio de bienes)
Categoría K
Ingreso bruto: $82.370.281,28
Impuesto integrado: $890.325,83 (servicios) o $296.775,28 (comercio de bienes)
Aporte previsional: $102.823,25
Obra social: $57.174,67
Total a pagar: $1.050.323,75 (servicios) o $456.773,20 (comercio de bienes)
Ahora que conoces los requisitos y categorías del monotributo, ¿te gustaría averiguar si eres elegible para la exención? Te animamos a investigar más sobre este tema y a considerar cómo estas disposiciones pueden beneficiar tu situación fiscal. ¡No dudes en compartir esta información con otros contribuyentes que puedan necesitarla!