¿es posible votar desde el extranjero?

El 2025 se adelanta para los bonaerenses, ya que tendrán la oportunidad de renovar la mitad de la Legislatura provincial. En total son 92 los miembros, y como 46 de ellos terminan su mandato a fin de año, tendrán que dejar sus bancos libres. Es un momento clave para definir el rumbo de la política en la provincia.

Ahora mismo, el peronismo agrupado en Unión por la Patria (UP) ocupa la primera minoría con 37 escaños. Sin embargo, no les alcanza para aprobar todos sus proyectos sin apoyo adicional. Les siguen La Libertad Avanza y PRO, cada uno con 13 legisladores, mientras que la UCR-Cambio Federal tiene 8 y la UCR Acuerdo Cívico suma 7. También hay cabida para la Coalición Cívica, que tiene 3 bancas, y el Frente de Izquierda, con 2 representantes.

Elecciones en provincia de Buenos Aires 2025: ¿puedo votar si estoy en otro país?

Los argentinos que figuremos como residentes en el exterior en nuestro DNI podemos votar desde el extranjero, siempre y cuando estemos en la jurisdicción consular que nos corresponda. Para participar, necesitamos estar habilitados por la ley argentina. Sin embargo, hay un detalle importante: el voto desde fuera del país se aplica solo para cargos nacionales como presidente, senadores y diputados nacionales, además de los parlamentarios del Mercosur. El distrito electoral será el que corresponde al último domicilio en Argentina, así que cada elector vota por quienes habitan en su antiguo barrio.

Al cambiar nuestra residencia al extranjero, quienes cumplimos con estos requisitos somos incorporados automáticamente al Registro de Electores Residentes en el Exterior. Si preferimos no participar, podemos solicitar nuestra exclusión de este registro sin complicaciones.

Es bueno saber que, a diferencia de lo que ocurre en Argentina, el sufragio en el exterior no es obligatorio. Esto significa que no haya multas ni sanciones si no votamos.

Quiénes pueden votar en las elecciones de Buenos Aires 2025

En las elecciones legislativas, ciudadanos argentinos y extranjeros residentes tienen derecho al voto, siempre que cumplan con los requisitos del Código Electoral Provincial. Así que, los argentinos a partir de los 16 años con residencia permanente en el distrito donde viven pueden votar, siempre y cuando no estén inhabilitados. Para los ciudadanos naturalizados, la edad mínima es de 18 años.

Los extranjeros también pueden votar a partir de los 16 años, pero deben tener residencia permanente y un DNI extranjero que indique su domicilio en CABA, además de estar en el padrón y no estar inhabilitados.

Incluso personas privadas de libertad pueden ejercer su derecho al voto, siempre que estén en el padrón y tengan domicilio en CABA.

Quiénes están exentos de votar en las elecciones Buenos Aires 2025

No todos están obligados a votar. Existen ciertos grupos que quedan exentos, como:

  • Jueces y auxiliares judiciales que estén trabajando en la jornada electoral.
  • Ciudadanos mayores de 70 años, cuyo voto es opcional.
  • Personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de su lugar de votación.
  • Aquellos que estén enfermos o imposibilitados por razones de fuerza mayor.
  • Trabajadores de servicios públicos esenciales que no puedan asistir por sus tareas, siempre que el empleador lo notifique con al menos 10 días de anticipación.

Qué pasa si no voto

El voto es una obligación cívica para todos los que están habilitados. Si no nos presentamos sin justificación, podríamos enfrentar multas económicas y otras sanciones. Las multas pueden oscilar entre $1.000 y $2.000, según la cantidad de infracciones anteriores que tengamos en el Registro de Infractores de la Cámara Nacional Electoral. También existe la posibilidad de realizar un trabajo comunitario de hasta tres días, si así lo dispone la autoridad.

Cabe destacar que hay una doble sanción para quienes son designados como autoridades de mesa y no cumplen con su función.

Por otro lado, existen causas válidas para justificar la ausencia, como:

  • Distancia mayor a 500 kilómetros de su lugar de votación: debe presentarse un certificado emitido por una comisaría.
  • Problemas de salud o fuerza mayor: se debe presentar un certificado médico válido.
  • Tareas esenciales el día de la elección: el empleador debe notificar al Tribunal Electoral con 72 horas de antelación.
  • Si se actúa como fiscal o personal electoral en otra mesa, es necesario tener una acreditación formal.

La justificación debe subirse a la plataforma oficial antes del cierre de los comicios. Si no se presenta a tiempo, el sistema anotará al votante como infractor, y se iniciará el proceso de sanción.

Cuáles son los documentos solicitantes para votar

Para poder votar, hay una lista de documentos que necesitamos presentar:

  • DNI tarjeta, aun si tiene la leyenda “no válido para votar”.
  • DNI libreta celeste o libreta verde.
  • Libreta cívica.
  • Libreta de enrolamiento.

Es recomendable asistir a la mesa de votación con el mismo documento que figura en el padrón o uno más actualizado, pero nunca uno anterior. Recuerda que el DNI tiene que ser la versión física, no digital.

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