El senasa prohíbe hormona para aumentar producción de leche

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) decidió prohibir en todo el país el uso y la venta de productos veterinarios que contengan Somatotropina Bovina recombinante (rBST). Esta hormona se ha usado en el ganado para aumentar la producción de leche, pero a partir de ahora ya no será permitida.

La medida fue anunciada oficialmente a través de la Resolución 198/2026, que fue publicada en el Boletín Oficial. La presidenta del SENASA, María Beatriz Giraudo Gaviglio, firmó esta resolución que establece un plazo de 30 días para que los productos que contengan esta hormona sean retirados del mercado o adaptados para exportación.

La rBST es una hormona anabolizante que, aunque puede ayudar a incrementar la producción de leche, presenta restricciones en mercados importantes para las exportaciones argentinas. Países como la Unión Europea y China no permiten su uso. Esto es crucial para Argentina, ya que la imagen sanitaria de nuestros productos es fundamental para acceder a esos mercados.

Permitir la utilización de rBST contradice los compromisos sanitarios que debemos garantizar ante los países importadores. Los certificados sanitarios que se exigen incluyen la garantía de que no se usan promotores de crecimiento en productos animales, algo que podría comprometer nuestra reputación.

El objetivo de esta decisión es preservar el acceso a mercados internacionales y cuidar la calidad de los alimentos que exportamos. Además, busca prevenir riesgos potenciales para la salud de las personas que consumen productos de animales tratados con esta hormona.

Ahora, hablemos de los plazos. La resolución estipula que hay un plazo de 30 días corridos para que aquellos que tengan productos veterinarios con rBST los adapten para que sean solo para exportación. Pasado este período, el SENASA cancelará todos los Certificados de Uso y Comercialización de estos productos, a menos que estén destinados exclusivamente a mercados externos.

Es importante mencionar que esta norma fue elaborada con la colaboración de la Dirección Nacional de Lechería del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca. Así que, quienes no cumplan con esta resolución podrían enfrentarse a sanciones de acuerdo a la Ley 27.233, que regula la sanidad animal y el control en la cadena agroalimentaria. Esto subraya la importancia de seguir las reglas y adaptarse a las exigencias de un mercado cada vez más competitivo, especialmente en un sector tan clave como el de la producción láctea.

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