Cuándo termina la veda electoral por las elecciones CABA 2025
Desde las 8 de la mañana del viernes 16 de mayo, rige la veda electoral en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esta restricción legal se mantendrá hasta tres horas después del cierre de los comicios, lo que significa que se levantará hoy, domingo, a las 21:00 horas, siempre que no haya prórrogas en la votación.
Durante este período, más de 2,5 millones de ciudadanos están habilitados para votar en la renovación de 30 bancas de la Legislatura porteña. La campaña ha entrado en su fase de silencio obligatorio, tal como lo establece el Código Nacional Electoral.

Objetivo de la veda electoral
La veda tiene como finalidad garantizar que el electorado pueda reflexionar y decidir su voto sin presiones ni propaganda de último momento. Esta regulación prohíbe la difusión de encuestas, la realización de actos proselitistas y otras actividades que puedan influir en la voluntad de los votantes.
¿Qué se puede y qué no durante la veda electoral?
En esta elección no habrá Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), ya que fueron eliminadas por una reforma legislativa en febrero. La votación se llevará a cabo mediante Boleta Única Electrónica, un sistema diseñado para agilizar tanto el acto electoral como el escrutinio.
Prohibiciones durante la veda electoral
Durante este período, tanto ciudadanos como partidos políticos, medios de comunicación e instituciones deben acatar una serie de restricciones establecidas por la ley. Las principales actividades prohibidas incluyen:
- Actos de campaña: No se permiten actos públicos de proselitismo ni la difusión de propaganda política.
- Difusión de encuestas: No se pueden publicar encuestas o sondeos sobre los resultados electorales desde 48 horas antes de la elección.
- Espectáculos masivos: Se suspenden espectáculos públicos que no estén vinculados al proceso electoral.
- Venta de bebidas alcohólicas: Prohibida desde las 20:00 del sábado 17 de mayo hasta las 21:00 del domingo 18 de mayo.
- Apertura de locales partidarios: No pueden funcionar a menos de 80 metros de las mesas electorales.
- Reuniones de electores: No se permiten reuniones de votantes ni la tenencia de armas cerca de los lugares de votación.
- Uso de símbolos partidarios: Está prohibido portar banderas, insignias o cualquier distintivo político el día de la votación.
- Fotografiar la Boleta Única Electrónica: Tomar fotos al momento de emitir el voto está sancionado.
- Difusión anticipada de resultados: Los medios no pueden publicar proyecciones ni datos del escrutinio hasta después de las 21:00 del domingo.
Sanciones por violar la veda electoral
El incumplimiento de las restricciones establecidas durante la veda electoral puede acarrear graves consecuencias. Las sanciones incluyen:
- Multas económicas: Desde $10.000 hasta $100.000, dependiendo de la gravedad de la infracción.
- Penas de prisión: De 15 días a 6 meses para quienes vendan bebidas alcohólicas durante el período de veda.
- Arrestos: Hasta 15 días para quienes porten armas o exhiban símbolos partidarios el día de la votación.
- Pérdida de financiamiento: Para partidos políticos que infrinjan las normas, pueden perder el derecho a recibir aportes estatales durante un período que va de uno a cuatro años.
Es esencial que todos los ciudadanos respeten estas normativas para asegurar un proceso electoral justo y transparente. Participar en las elecciones es un derecho fundamental, y es importante hacerlo en un ambiente de calma y reflexión. ¡Tu voto cuenta!