actualizan el índice del haber inicial, ¿cuándo ingresar al sistema?
La Subsecretaría de Seguridad Social, que forma parte del Ministerio de Capital Humano, aprobó recientemente un nuevo índice que actualizará las jubilaciones iniciales de los trabajadores en relación de dependencia a partir del 1° de diciembre de 2025. Este cambio trae una pregunta interesante: ¿cuándo es el mejor momento para ingresar al sistema previsional?
Este índice se establece a partir de lo que dice el artículo 2 de la Ley 26.417, modificado por el artículo 4 de la Ley 27.609. Su principal función es actualizar las cifras cada tres meses, basándose en un promedio que combina el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) con el índice de movilidad estipulado en la Ley 27.260. Es un sistema que se apoya en la normativa de movilidad que impulsó el gobierno de Alberto Fernández.
¿Cómo ayuda este índice?
La fórmula resulta útil para quienes están a punto de jubilarse o para aquellos que cesan su actividad laboral. Permite calcular lo que sería su haber inicial y actualizar sus remuneraciones para este proceso.
¿Cuándo conviene jubilarse con este nuevo índice?
El abogado previsional Christian D’Alessandro suele comentar que el índice combinado tiende a crear distorsiones en períodos de alta inflación. “Lo mejor es jubilarse en el mes de la actualización del índice. Si te jubilas en meses posteriores, tu haber va a ser más bajo”, explica.
Por otro lado, la abogada previsional Elsa Rodríguez Romero aclara que, por ejemplo, si alguien planeaba jubilarse en noviembre, sería más beneficioso esperar hasta diciembre. Si esa persona ya cesó su actividad en marzo de 2025 y cumple la edad en noviembre, jubilarse en ese mes le haría tener una remuneración promedio más baja. En cambio, si espera a diciembre, podría tener un aumento de movilidad, resultando en un promedio de $105,70 en vez de los $100 de noviembre.
Reflexiones sobre la movilidad jubilatoria
D’Alessandro recuerda que, antes, había una ley de movilidad jubilatoria que fue vetada por el presidente Javier Milei, la cual actualizaba el artículo 2 de la ley 26.417. Sin embargo, al derogarse el proyecto aprobado por ambas cámaras legislativas, no se pudieron hacer las correcciones necesarias. Él sugiere que se debería considerar cambiar la periodicidad del índice a mensual para que se adapte mejor a la movilidad económica actual.