A partir de diciembre se suspenden facturas M: cuáles aplicarán
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció un importante cambio en la forma de gestionar las facturas. A partir del 1 de diciembre de 2025, se eliminará la factura clase “M” y se implementarán nuevas modalidades para las facturas clase “A”. Este cambio busca simplificar y hacer más claras las transacciones comerciales.
La resolución oficial, la 5762, permitirá que las facturas clase “A” incluyan una leyenda que indique que la operación está “sujeta a retención”. Esto significa que desde ahora, los contribuyentes que soliciten la autorización para emitir comprobantes tendrán que adaptarse a estas nuevas normativas.
Esto no es solo un ajuste administrativo. La decisión se originó porque la ARCA detectó un aumento en el uso de facturas apócrifas. Estos documentos falsos se utilizan para crear créditos fiscales ilegítimos, lo que representa un problema serio en términos de fraudes fiscales. Por eso, es fundamental que el sistema esté más controlado y que solo las facturas válidas sean utilizadas.
Anteriormente, quienes solicitaban por primera vez la habilitación para emitir comprobantes clase “A” debían cumplir con requisitos adicionales. Estos requerimientos incluían proporcionar información sobre su situación patrimonial y comportamiento fiscal, para determinar su solvencia y habilitar la emisión. Si un solicitante no cumplía con estas exigencias, debía recurrir a las facturas clase “M”.
Para facilitar el proceso, ARCA decidió unificar las distintas normas que regulan la habilitación de los comprobantes. Ahora, dependiendo de la condición fiscal y de la solvencia del solicitante, las nuevas reglas ofrecen diferentes tipos de comprobantes clase “A”. Estos son:
– Comprobantes clase “A” si se cumplen todos los requisitos.
– Comprobantes clase “A” con la leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” si no se cumplen todos los requisitos.
– Comprobantes clase “A” con la leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA” para quienes solo tengan problemas de insolvencia patrimonial.
Es importante tener en cuenta que, aunque el uso de los comprobantes clase “M” se detendrá, aquellos que aún los tengan impresos pueden utilizarlos por un tiempo limitado, según los plazos establecidos en su autorización de impresión. Así, se busca garantizar una transición ordenada hacia este nuevo sistema y asegurarse de que todos cumplan con las normativas necesarias para operar sin problemas en el ámbito tributario.