Impuesto a las Ganancias: Información Clave para el SIRADIG
El 31 de marzo de 2025 marca el fin del plazo para que los trabajadores en relación de dependencia presenten el Formulario 572 Web. Esta declaración es fundamental, ya que la información contenida en el SIRADIG será utilizada por los empleadores para calcular el impuesto a las ganancias correspondiente al año fiscal 2024. Asegúrate de cumplir con esta obligación para evitar inconvenientes con tus retenciones fiscales.
Si las retenciones de tu salario superan el impuesto determinado, recibirás la diferencia en tus próximos haberes. Sin embargo, si las retenciones son insuficientes, se realizará una retención adicional para ajustar el monto. La presentación se realiza a través del servicio SIRADIG Trabajador en la página de ARCA, utilizando tu clave fiscal.

Aspectos a Incluir en el SIRADIG
1. Carga de Familia
Es esencial declarar a los familiares a cargo que cumplan con los siguientes criterios:
- El cónyuge e hijos que hayan residido en el país al menos seis meses durante el año.
- Los ingresos anuales de estos familiares no deben superar los $3.503.688,17 (equivalente a la ganancia no imponible anual 2024).
2. Pluriempleo
Si un trabajador tiene múltiples empleos, el empleador que paga la mayor remuneración será responsable de determinar y retener el impuesto a las ganancias. Los ingresos de los otros empleos deben informarse a través del Formulario 572 Web.
3. Deducciones Permitidas
La ley permite computar diversas deducciones, que están sujetas a límites específicos:
- Cuota médico-asistencial del contribuyente y sus cargas de familia (hasta el 5% del ingreso neto).
- Donaciones a entidades exentas reconocidas por ARCA (hasta el 5% del ingreso neto).
- Servicios médicos y paramédicos (deducible el 40% del gasto, hasta el 5% del ingreso neto).
- Primas de seguros de vida y de retiro: hasta $195.845,39 anuales.
- Intereses por créditos hipotecarios para vivienda única: hasta $20.000 anuales.
- Gastos en indumentaria laboral no reintegrados por el empleador.
- Aportes a Sociedades de Garantía Recíproca (mínimo de 2 años).
- Gastos educativos de hijos hasta 24 años (deducible hasta el 40% de la ganancia no imponible).
- Alquiler de vivienda: deducible hasta el 40%, cumpliendo ciertos requisitos.
4. Percepciones por Operaciones en Moneda Extranjera
Puedes informar las percepciones por operaciones que caen bajo la Resolución General 4815 de ARCA, que incluyen:
- Compras con tarjeta en moneda extranjera.
- Pasajes y servicios contratados en el exterior.
- Plataformas digitales del extranjero.
Estas percepciones se computarán como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.
Para asegurar el correcto cumplimiento de tus obligaciones fiscales, es fundamental que estés al tanto de estos detalles. Mantente informado y organizado para evitar sorpresas al momento de la liquidación de impuestos.
Recuerda que la presentación oportuna y correcta del SIRADIG no solo es una obligación legal, sino también una forma de gestionar adecuadamente tus finanzas personales. ¡No dejes pasar el plazo y asegúrate de que tu declaración esté completa!