Piden Prórroga para Vencimientos Importantes en CABA
El próximo 31 de marzo, dos vencimientos importantes convergen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), uno relacionado con el ámbito laboral y otro con el tributario. Esta superposición de plazos puede dificultar el cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones correspondientes.
Ambos vencimientos son de cumplimiento obligatorio. Uno de ellos se refiere a los empleadores domiciliados o radicados en la jurisdicción porteña, quienes deben cumplir con la información requerida por el Registro de Empleadores on line. El otro vencimiento afecta a los contribuyentes que deben rectificar o ratificar el domicilio de explotación en un registro específico.
La convergencia de estos vencimientos, junto con otras obligaciones de orden nacional y provincial, ha generado un cuello de botella en el cumplimiento de ambos registros. Este contexto también recae sobre los profesionales que asesoran a los contribuyentes, ya sean empresas o personas físicas.

Presentación Ante Autoridades
Ante esta situación, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA (CPCECABA) ha enviado dos solicitudes de prórroga de los plazos establecidos, dirigidas a las autoridades competentes en cada caso.
La primera misiva fue enviada al director de la Dirección General de Empleo del GCBA, Sergio Scappini, solicitando una extensión del plazo para las presentaciones del Registro de Empleadores On Line, según lo dispuesto por el Decreto (GCABA) 625/09.
La segunda nota se dirigió a Germán Krivocapich, titular de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), para solicitar una prórroga en la presentación del Registro Domicilio de Explotación (RDE), establecido en la Resolución AGIP 24/2022, cuyo vencimiento también opera el 31 de marzo.
Ambas solicitudes comparten un argumento común: la superposición de plazos con otras obligaciones ha dificultado el cumplimiento de los requerimientos. Por ello, se ha solicitado la reprogramación de las fechas para asegurar que la información requerida se suministre en tiempo y forma.
Es importante destacar que estos plazos no afectan la recaudación, ya que la obligación principal consiste en la modificación, incorporación o ratificación de información en los respectivos registros.