Las empresas deberán detallar el costo laboral por empleado

Los empleados en relación de dependencia van a notar, en los próximos meses, algunos cambios en sus recibos de sueldo. Aparte de la info habitual sobre lo que ganan, sus empresas van a incluir datos sobre costos que antes no se informaban. Un ejemplo de esto es la cuota de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

Esto surge de una reforma laboral establecida en el artículo 140, que comenzó a regir desde el 1° de abril. Ahí se especifica que el empleador tiene que informar una serie de datos en el recibo. Uno de estos detalles es que, “adicionalmente”, deben incluirse las contribuciones patronales.

Actualmente, el Gobierno está intentando resolver un reclamo de inconstitucionalidad presentado por la CGT relacionado con 82 artículos de la norma, incluyendo el mencionado. Aunque el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, mencionó que va a regular ese apartado, el texto legal es claro y podría dar lugar a que algunos empleadores ya comiencen a aplicar esta nueva modalidad.

Si esto se lleva a cabo, el cambio promete ser significativo, tanto cultural como filosóficamente. La idea detrás de esta reforma es que cada trabajador tenga claridad sobre los gastos que su empleador enfrenta para mantenerlo contratado de manera regular, aunque quizás no parezca un dato relevante en principio.

Una “hoja de costos” en vez de un recibo

Los expertos creen que esto transformará los recibos de sueldo en algo más parecido a una “hoja de costos”. Esto sería similar a lo que las empresas envían a sus proveedores, donde detallan los gastos impositivos, laborales y de insumos, para que estos no aumenten los precios.

En el nuevo formato, habrá dos columnas: una donde se detalla el salario bruto y otros ingresos, y otra donde se verán los descuentos para obra social, jubilación y cuota sindical. La reforma impulsada por Sturzenegger busca que se agregue un desglose del importe total del costo laboral del empleado, que incluirá aspectos como jubilación, costos de ART, seguros y la cuota del Fondo de Asistencia Laboral (FAL).

Según expertos de una agencia de información tributaria, esta medida busca ayudar al empleado a comprender cuánto realmente cuesta su trabajo. Esta reforma, además, no es solo un cambio estético; altera la visión sobre los recibos de sueldo, transformándolos en una “hoja de costos” que obliga a visibilizar la carga tributaria que los empleadores asumen sobre el salario bruto.

Contenido necesario del recibo de sueldo

La nueva normativa obliga a que el recibo de sueldo incluya información detallada:

a. Nombre completo o razón social del empleador, domicilio y Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT);

b. Nombre y apellido del trabajador, su calificación profesional y su Código Único de Identificación Laboral (CUIL);

c. Total de remuneración que percibe, especificando cómo se determina. Si hay comisiones, se debe detallar el total y la proporción correspondiente;

d. Cumplir con los requisitos del artículo 12 del Decreto Ley 17.250/67;

e. Total bruto de la remuneración básica o fija, incluyendo el tiempo trabajado y, en caso de ser pago por hora, la cantidad de horas trabajadas;

f. Deducciones por aportes jubilatorios y otros descuentos que correspondan;

g. Importe neto percibido, expresado de forma clara;

h. Firma y sello de los funcionarios correspondientes, que puede ser electrónica;

i. Fecha de ingreso o antigüedad y la tarea o categoría desempeñada;

j. Contribuciones pagadas por el empleador, con el detalle de los importes, para cada trabajador.

Todo esto es parte de un esfuerzo por transparentar la relación laboral. ¡Información importante como ésta sólo la podrás encontrar aquí!

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