Cambios en la Caja de Previsión Social para Abogados de Buenos Aires
El gobierno de Buenos Aires anunciò la promulgación de la Ley N° 15.563 el pasado martes, un cambio importante que afecta el Régimen Legal de la Caja de Previsión Social para Abogados. Esta ley, que ya había sido aprobada el 3 de diciembre por la Legislatura bonaerense, ahora está oficialmente vigente tras su publicación en el Boletín Oficial.
Uno de los puntos clave de esta nueva normativa es el artículo 1°, donde se redefinen los requisitos para formar parte del Directorio de la Caja. A partir de ahora, se requerirá que los abogados tengan al menos diez años de ejercicio profesional en la provincia y un domicilio real en el departamento judicial que elija al director. También se permite que abogados jubilados con jubilación ordinaria puedan desempeñar este cargo, lo cual es un cambio positivo para muchos en la profesión.
La ley no solo repasa los requisitos, sino que también establece incompatibilidades. Aquellos que sean miembros de consejos directivos de colegios profesionales o de tribunales de disciplina no podrán asumir el cargo de director. Además, aunque el cargo se considera de carga pública, hay excepciones para quienes tengan más de 60 años, hayan cumplido un mandato anterior o estén jubilados, quienes podrán excusarse de la función.
En lo que respecta a los ingresos, se ha fijado un tope a los viáticos y cualquier gasto de representación. La ley estipula que estos costos no podrán sobrepasar el monto de un haber jubilatorio mínimo, lo que garantiza un control sobre los gastos administrativos de la Caja.
Otro cambio significativo está en el artículo 2°, que modifica la manera en que se financia la Caja. Este artículo establece que se confirmará el aporte del 10% de los honorarios de los afiliados, además de las contribuciones adicionales de quienes paguen aquellos honorarios en procesos judiciales. La ley también mantiene la cuota anual obligatoria, que será fijada según edad, antigüedad y valuaciones actuariales, y se prevén excepciones para afiliados que hayan estado incapacitados por más de 90 días.
Por último, la normativa reafirma la relevancia de las contribuciones vinculadas a la Tasa de Justicia, estableciendo un aporte específico para estas. Se aclara que esos fondos solo deberan destinarse a prestaciones previsionales y no a gastos administrativos. La ley fue firmada por referentes clave del gobierno y quedó oficialmente registrada el 23 de diciembre en La Plata, marcando una etapa nueva para la Caja de Previsión Social para Abogados.