Karen Reichardt liderará la lista de La Libertad Avanza

En un caso bastante inusual, un juez tuvo que decidir cómo reemplazar a un candidato que renunció como cabeza de lista de Diputados Nacionales. Se trata de José Luis Espert, quien dejó su lugar y ahora hay que ver quién lo sustituye.

Esta mañana, la Cámara consultó a Ramiro González, quien se encarga de cuestiones electorales, y en poco tiempo devolvió su opinión. González basó su dictamen en las particularidades del caso y en decisiones anteriores donde defendía la progresividad de los derechos políticos de las mujeres.

La aplicación de la ley electoral

González menciona que, en caso de que un hombre renuncie como primer candidato, el Código Electoral establece que el reemplazo debe hacerse a través de un “corrimiento” en la lista. Esto significa que las candidatas y candidatos suben de lugar, lo que respeta la ley de paridad de género sin necesidad de reemplazar al varón por otro varón.

El lío surge porque algunos apoderados de la Libertad Avanza interpretan de manera literal un artículo del decreto que regula la Ley de Paridad, N° 27.412. Según el fiscal, aplicar la norma de esa forma políticamente contradice el principio de no discriminación y de progresividad sobre los derechos de participación política de las mujeres.

Derechos de participación política y progresividad

El fiscal señala que la interpretación que proponen los apoderados no solo afecta a la segunda candidata, Karen Reichardt, deteniéndola en la lista, sino que hace que otros 16 hombres queden en mejor posición para ser electos, pasando por encima de las mujeres que originalmente estaban antes en la lista. Añade que si esto se convalida, se perjudica a un grupo que históricamente ha estado en desventaja y que la ley busca respaldar.

La ley de paridad como avance histórico

González explica que la ley de paridad es un hito legislativo crucial en la lucha por los derechos de las mujeres. Se basa en principios constitucionales que buscan fortalecer la participación y el acceso a cargos públicos, haciendo hincapié en que debe evitar cualquier retroceso en los derechos que intenta promover, desarrollar y expandir.

El fiscal compara este caso con el anterior sistema de “ley de cupo”, que establecía que el 30% de las listas debían tener mujeres, pero las sustituciones se hacían por corrimiento. Para González, lo que intentan los apoderados de la Libertad Avanza no solo pone a Reichardt en desventaja comparado con la ley anterior, sino que atenta contra el sistema de derechos políticos de las mujeres.

Recalca que será incompatible con la Ley 27.412 promover los derechos de participación de un hombre que no forma parte del grupo en desventaja que la ley intenta favorecer. Además, subraya que todo este proceso fue impulsado sin que los candidatos se presentaran formalmente.

La propuesta para confirmar la decisión del juez electoral de La Plata concluye que la interpretación de la Libertad Avanza no solo va en contra de la finalidad de la ley de paridad, sino que, al sugerir una aplicación regresiva de la ley de cupo, también pone en riesgo los derechos progresivos que el Estado mismo prometió en la Constitución Nacional.

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