Superintendencia de riesgos del trabajo permite acuerdos económicos

La Resolución 41/2025, que se publicó este lunes en el Boletín Oficial, trae una novedad interesante. Esta medida permite que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), así como los empleadores autoasegurados o no asegurados, puedan ofrecer compensaciones económicas a los trabajadores que reciban el alta médica sin sufrir incapacidades permanentes. Esto es un alivio para muchos que, tras pasar por un accidente o enfermedad laboral, no se encuentran en condiciones de trabajar.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) ha dispuesto que estas entidades pueden iniciar procedimientos de homologación de acuerdos compensatorios para esos casos específicos, es decir, cuando los trabajadores están en condiciones de volver a sus labores. Esto significa que si un trabajador se recupera completamente y no queda con secuelas, puede acceder a estas compensaciones.

Este proceso se formaliza a través de la mencionada Resolución 41/2025, firmada por el superintendente Gustavo Darío Morón. La medida establece un esquema de acuerdos económicos que es opcional para las organizaciones, pero que no altera la evaluación de la inexistencia de incapacidad. Además, no implica acceso a las prestaciones dinerarias que prevé la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.

Para llevar adelante este procedimiento, se debe acudir a las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, de acuerdo con la Ley 27.348. Si la ART o el empleador manifiestan su voluntad de llegar a un acuerdo, se convocará a una audiencia. Si todo va bien y se llega a un acuerdo, este tendrá validez administrativa como un acto firme.

La finalidad de estos acuerdos es sencilla: reducir la cantidad de litigios en esta área y ofrecer soluciones rápidas y efectivas a los trabajadores que no presenten incapacidades laborales permanentes tras un accidente o enfermedad. Es un avance que busca facilitar el retorno al trabajo y mejorar la vida cotidiana de quienes enfrentan estos desafíos.

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