Actualización del Régimen de Importación para el RIGI
El Ministerio de Economía ha introducido modificaciones en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión (RIGI) para facilitar su implementación y adaptarse a los cambios establecidos por la Resolución N° 938/2025. Esta nueva normativa fue publicada oficialmente en el Boletín Oficial y tiene como objetivo ofrecer beneficios fiscales a quienes participen en proyectos de inversión de gran envergadura.

¿Qué es el RIGI?
El RIGI fue creado por la Resolución N° 256/2000 del Ministerio de Economía y reglamentado por la Resolución N° 204/2000. Este régimen establece beneficios arancelarios para la importación de bienes destinados a líneas de producción completas y autónomas, lo que permite a las empresas beneficiarias optimizar costos y fomentar la inversión.
Definiciones Clave en la Nueva Resolución
La reciente normativa especifica varios conceptos importantes:
- Línea de producción completa y autónoma: se refiere a un conjunto armonizado de subsistemas que transforman materias primas en productos terminados, asegurando que el resultado sea un bien estable y comercializable.
- Procesos biológicos: para proyectos que impliquen el desarrollo de organismos vivos, es esencial incluir tecnología para automatizar y controlar estos procesos.
- Bienes complementarios o accesorios: son necesarios para que el producto final cumpla con su funcionalidad, como equipamiento de laboratorio.
- Bienes intermedios: productos locales que se integran al proceso de producción.
Porcentaje de Bienes de Origen Nacional
La normativa detalla cómo se debe calcular el 10% de bienes de origen nacional que debe incorporarse al proyecto. Este porcentaje se calculará sobre el valor FOB en dólares de los bienes importados, convertido a moneda local según el tipo de cambio al momento del despacho de importación. Es importante destacar que solo se contabilizarán los bienes nacionales instalados en el predio de la empresa beneficiaria.
Nueva Constancia de Expediente en Trámite
Otro cambio significativo es la introducción de la Constancia de Expediente en Trámite (CET). Este documento será emitido automáticamente por el sistema al cargar el Anexo III del Manual de Usuario del régimen. La CET tiene una validez de 180 días para su presentación ante la Dirección General de Aduanas, aunque su emisión no garantiza la obtención de los beneficios del régimen.
Las modificaciones comenzarán a tener efecto al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. Estas actualizaciones buscan hacer el proceso más accesible y eficiente para los inversores, promoviendo así el desarrollo económico del país.
Si deseas más información sobre cómo estas regulaciones pueden impactar tu proyecto o negocio, no dudes en consultar las fuentes oficiales o mantenerte informado sobre futuras actualizaciones.